viernes, 6 de noviembre de 2020

MODIFICACION NORMATIVA POR EFECTO COVID-19

 Hola a tod@s

Nos ponemos en contacto con todos vosotros, porque la situación no es buena y la Conselleria de Sanidad a dictado una resolución que nos afecta en los puntos siguientes: 

"RESOLUCIÓN de 6 de noviembre de 2020, de la conse-llera de Sanidad Universal y Salud Pública, por la que se acuerda medidas adicionales extraordinarias en la Comunitat Valenciana, como consecuencia de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19

 1.8. Medidas relativas a los establecimientos de hostelería y restauración.

1.8.1. Se suspende la actividad de los locales de discotecas, salas de baile, karaoke y bares de copas con y sin actuaciones musicales en directo. Y se suspende también la realización de karaokes y actuaciones esporádicas o amateur de canto en los establecimientos de restauración y hostelería.

1.8.2. El consumo en el interior del local no podrá superar 1/3 del aforo. Y el consumo en las terrazas no podrá superar el 50 % del aforo.

1.8.3. No se permiten los servicios tipo self-service o bufet.

1.8.4. No se permitirá el consumo colectivo o en grupo, de bebidas en la calle o en espacios públicos ajeno a los establecimientos de hostelería o similares.

1.21. Medidas relativas a la actividad física o deporte no profesional, ni federadas

1.21.1. La actividad física o deporte, tanto en instalaciones deportivas como al aire libre, se podrá practicar sin contacto físico en las modalidades deportivas individuales y que se practican por parejas.

1.21.2. Las personas con necesidades especiales podrán estar acompañadas por una persona de apoyo.

1.21.3. Se podrán realizar actividades físicas en grupos hasta un máximo de 30 personas, cuando se realizan en instalaciones abiertas, y hasta un máximo de 20 personas, cuando se realizan en instalaciones cerradas, sin contacto físico, manteniendo la distancia de seguridad y siempre que no se supere 1/3 el aforo máximo.

1.21.4. Se deberá garantizar la ventilación de las instalaciones y respetar las medidas de seguridad interpersonal. No se permitirá el uso de vestuarios ni duchas

Eficacia de la resolución

La presente resolución producirá efectos desde las 00.00 horas del día 7 de noviembre de 2020, hasta las 23.59 horas del día 9 de diciembre de 2020."

 Por tanto esto es lo que va a regir a partir de mañana.

 

 

 

 

 

 

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